Por Matías Bari, CEO de SatoshiTango LATAM y Paulo Parra, country manager Chile de SatoshiTango.
Sobre el dinámico mundo de las criptomonedas existe mucha desinformación dando vueltas por la web. Mitos, falsas verdades e ideas erróneas que no contribuyen a fortalecer y expandir el ecosistema. Incluso voces de expertos que se declaran contrarios al uso de los bitcoins sin argumentos sólidos ni evidencias certeras. ¿Cómo evitamos estas confusiones? Comencemos por analizar algunas ideas, y veamos si derribamos alguno de estos mitos.
*Bitcoin solo se usa para el mercado negro, deep web o actividades ilegales. Las criptomonedas son mucho más fáciles de rastrear y aún menos anónimas que el dinero en efectivo. Todas las transacciones e información se almacenan en una estructura llamada blockchain, un registro público conocido por toda la red.
Un estudio realizado a mediados de 2020, por la empresa Chainalysis, compañía internacional líder de análisis de blockchain, reveló que las actividades ilegales realizadas con criptomonedas representan menos del 1% del total de las transacciones.
*Los bitcoins son ilegales porque no son de curso legal. El hecho de que esta clase de activos no esté respaldado por un gobierno no quiere decir que sea ilegal.
Incluso, a comienzos de 2013, un comunicado de la Red de Control de Crímenes Financieros de Estados Unidos (Fincen) estableció ciertas normativas sobre el uso de las criptomonedas. Allí se señala que los usuarios de monedas virtuales no se constituyen en una empresa de transmisión de dinero, por lo tanto, no están sujetos a regulaciones de registro, informe ni mantenimiento. Es decir, los usuarios no requieren del permiso de nadie para usar bitcoin.
En Latinoamérica, las regulaciones también avanzan día a día, sobre todo en Argentina, Brasil, Perú, Colombia, Venezuela y Chile. Hablamos de definiciones legales sobre las criptomonedas y su utilización. Por ejemplo, en Chile se considera a una cripto como un «activo digital o virtual», mientras que en Perú es un «activo móvil». En Argentina, en tanto, no tiene una definición oficial, pero su uso es completamente legal.
*Los bitcoins solo permiten evadir impuestos. La responsabilidad de pagar impuestos reside en los contribuyentes y decir que las criptomonedas son una forma de evadir impuestos sería como responsabilizar a un automóvil de que su conductor no le ha cargado gasolina. Es decir, la naturaleza anónima del bitcoin no tiene que ver con que su uso y transacción se preste para incumplimientos.
De hecho, muchas veces los exchanges y brokers deben informar sobre esto a las agencias estatales. Es el caso de Chile y Colombia, donde sus servicios de impuestos internos realizaron modificaciones a la forma de tributar. En esas modificaciones se utiliza el concepto «alienar», que consiste en que las personas deben pagar un impuesto cuando venden criptomonedas.
Pero, como en Argentina también, los exchanges de criptomonedas locales o extranjeros no son los encargados de gravar en nombre del cliente, ya que es responsabilidad de cada contribuyente declarar sus obligaciones ante las autoridades locales.
Lo más destacado, bajo nuestro punto de vista, es lo que ha pasado con las empresas del rubro en Chile, las que de forma anticipada y de buena fe se han enrolado voluntariamente a la Unidad de Análisis Financiero (UAF), para dar mayor seguridad a los usuarios y, de alguna manera, avisar al regulador, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), de que cumplen con el marco regulatorio que incluye la prevención del lavado de dinero, el financiamiento del terrorismo y el resguardo de los datos del usuario.
*Bitcoin no posee valor, ya que no está respaldado por nada. Lo mismo podríamos decir del oro. Sin embargo, a la hora de darle valor al bitcoin podemos tomar la teoría del valor subjetivo. Esta desarrolla la idea de que el valor de un bien no está determinado por ninguna propiedad inherente a este ni por la cantidad de trabajo requerido para producirlo, sino por la importancia que un individuo le da para lograr sus objetivos o deseos.
Los bitcoins poseen propiedades inherentes a su diseño como la transparencia, la rapidez y la libertad que les permiten ser valorados subjetivamente por los individuos. Dicho valor se demuestra cuando los individuos intercambian libremente bitcoins. Por eso, parte de su valor se respalda en el valor asignado por la comunidad y sus usuarios.
*Bitcoin no resuelve ningún problema que el dinero fiduciario no resuelva. No podríamos estar más en desacuerdo. Si bien el dinero tradicional es el sistema de intercambio más popular, el surgimiento de bitcoin y las blockchains vinieron a revolucionar la manera de ver y transar el dinero, dando acceso, por ejemplo, a una población mundial que no puede optar a cuentas bancarias o a abaratar las comisiones en las remesas internacionales.
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