El BCRD hizo le recordó a la comunidad que las criptomonedas no están legalizadas en el país, y por lo tanto, tampoco su uso.
El Banco Central de República Dominicana (BCRD) hizo un llamado de atención el pasado jueves a los entes públicos como privados, y a las personas que estén utilizando criptomonedas dentro de la región, para que tengan en cuenta que los activos digitales no están respaldados por el gobierno y tampoco es de curso legal dentro del país caribeño.
Dentro del comunicado, el BCRD expresó que, en sincronía con lo expuesto en 2017, ha estado viendo de cerca la evolución del bitcoin, ethereum, litecoin, entre otras monedas digitales, pero que también están al tanto de los riesgos que les pueden traer a las entidades financieras su uso o adquisición, por lo tanto, en el reciente llamado de atención el banco sacó a relucir lo expuesto ese año: «Esta institución ha venido observando detenidamente la evolución a nivel mundial del uso y comportamiento de los activos virtuales (…) así como la reciente aparición de algunos en el mercado dominicano (…) Por tal razón, cumplimos con el deber de advertir a las entidades de intermediación financiera (EIF), a los agentes de remesas y cambio, a las entidades del mercado de valores, a las entidades del mercado de seguros, a los sectores económicos y al público en general, sobre los riesgos asociados a la adquisición de este tipo de activos virtuales con la intención de usarlos como inversión o como medio de pago, en nuestro país».
Asimismo, el BCRD dijo que «los activos virtuales mencionados, ni ningún otro, son una moneda de curso legal, y por consiguiente, no gozan del respaldo del Estado». Entonces, «su efectividad o su uso como medio de pago en nuestra economía no puede ser garantizada».
«Ninguna persona está en la obligación de aceptarlos como forma de pago de bienes o servicios prestados. Con esta aclaración queremos evitar confusiones entre los usuarios del sistema financiero y la ciudadanía en general, sobre cualquier operación que se pretenda realizar utilizando este esquema», finalizó el BCRD.
Las expresiones del BCRD se sustentan en la ley vigente desde 2002, la Ley Monetaria y Financiera No. 183-02, en la que desde el artículo 228 al 230 se nombra al peso dominicano como la única unidad monetaria legal dentro del territorio y al BCRD como único ente autorizado para proveer monedas y billetes de curso legal.
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